El pasado 27 de diciembre de 2024 se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN TER/4638/2024, de 19 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña.

Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la retirada en origen de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña, y la gestión correcta de los residuos de amianto. La finalidad de la subvención es promover y fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, y procurar que ésta se efectúe en condiciones óptimas, con la finalidad última de la mejora ambiental y la minimización del riesgo que este material conlleva para la salud pública.

 

Se considerarán personas beneficiarias y podrán acogerse a las ayudas para la retirada y gestión de los residuos de amianto los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos de amianto procedentes de la construcción que impulsen su desamiantaje, sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o comunidades de vecinos.

 

Las actuaciones serán objeto de subvención si cumplen con los siguientes requisitos:

  1. Disponer en el momento de la solicitud de un presupuesto o factura, emitido por una empresa inscrita en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA), a nombre del solicitante, donde conste la dirección del inmueble objeto de la subvención.
  2. Instruir el amianto mediante las empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA).
  3. Que el destino de los residuos de amianto sea una empresa gestora de residuos inscrita en el Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña para gestionar residuos de amianto y que esté situada en Cataluña.
  4. Tramitar la documentación de control y seguimiento necesaria para gestionar los residuos de amianto según el Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos, y el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, que regula el traslado de residuos: notificación previa (NP) o ficha de aceptación (FA) y hoja de seguimiento (FS).
  5. Que la actuación de la retirada de los residuos de amianto se realice a partir de la fecha de presentación de la solicitud y hasta la finalización del plazo de ejecución establecido en la base 14.
  6. Que la actividad que comporta la retirada de amianto disponga, en el momento de la retirada del amianto, de la resolución correspondiente de aprobación del Plan de trabajo por parte de la autoridad laboral (Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña).
  7. Que los residuos de amianto provengan de la construcción y demolición, con los códigos de la Lista europea de residuos (LER) siguientes: 17 RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (1706 Materiales de aislamiento y materiales de construcción que contienen amianto 170601; Materiales de aislamiento que contienen amianto; Peligroso 170605; Materiales de construcción que contienen amianto; Peligroso)

 

La subvención por los gastos económicos derivados de la retirada, el transporte y el tratamiento de los residuos de amianto será de carácter dinerario, con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas y un máximo por metro cuadrado de cubierta de amianto según el escalado siguiente:

  1. Cubiertas de amianto de hasta 49 m2: (2.000 €)
  2. Cubiertas de amianto de 50 m2 hasta 99 m2: (40 €/m2)
  3. Cubiertas de amianto de 100 m2 hasta 499 m2: (30 €/m2)
  4. Cubiertas de amianto de 500 m2 hasta 999 m2: (25 €/m2)
  5. Cobertas de amianto a partir de 1000 m2: (20 €/m2)

Estos importes son para cada actuación subvencionada, según presupuesto de la empresa RERA que efectuará los trabajos de retirada de material de amianto. El importe de la ayuda incluye la retirada de amianto efectuada por empresas inscritas en el RERA, su transporte, así como la gestión y el tratamiento de los residuos de amianto mediante las empresas inscritas en el Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña (RGPGRC).

El plazo para presentar solicitudes en esta convocatoria será desde el día 15 de enero de 2025 hasta el agotamiento de la disponibilidad presupuestaria y en todo caso hasta el 28 de noviembre de 2025.