El pasado 30 de julio de 2025 se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN TER/2943/2025, de 18 de julio, por la que se convocan las subvenciones para la implantación de los sistemas voluntarios de gestión ambiental respecto a la implantación y renovación del sistema previsto en el Reglamento EMAS para el año 2025.

La dotación máxima de las ayudas es de 90.000€ y es ampliable.

La subvención puede concederse por el importe total solicitado, o bien por un importe parcial, que se determina teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y de forma proporcional al número de solicitudes presentadas.

El importe máximo de las subvenciones se fija en las siguientes cantidades:

– Implantación de un sistema de gestión ambiental de acuerdo con el Reglamento EMAS, debidamente verificado. 5.000€ por actividades que incluye el anexo I de la Ley 20/2009 y 4.000€ para el resto de las actividades.

– Renovación del registro EMAS. 2.000€ por actividades que incluye el anexo I de la Ley 20/2009 y 1.500€ para el resto de las actividades.

En caso de que una organización en la modalidad de emplazamientos múltiples lleve a cabo la implantación o la renovación del sistema de gestión ambiental o en el caso de que se trate de un sistema de gestión ambiental corporativo implantado en diferentes centros de una misma organización, el importe máximo de la subvención en estos supuestos es el que resulta de aplicar, a la cuantía que fijan los apartados 4.4.

– Cuantía 4.1 x número de centros x 0,75 con un máximo de 9.000 euros para las actividades del Anexo I de la Ley 20/2009 y de 7.000 euros para el resto de las actividades.

– Cuantía 4.2 x número de centros x 0,75 con un máximo de 5.000 euros para las actividades del Anexo I de la Ley 20/2009 y de 3.000 euros para el resto de las actividades.

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución.

La resolución será del plazo máximo de 6 meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria.